1- OBJETO
La empresa SOCCER EVENTS SAFOR S.C. con domicilio en la Calle Escultor Damia Forment Gandía, Valencia, y provista de CIF: J56847734, a través de la web www.soccereventsafor.com organiza una promoción de ámbito privado y sin ánimo de lucro, denominada «Papeletas» con la finalidad de que sus clientes obtengan una forma de financiación de sus viajes deportivos.
2-DESTINATARIOS
Todos los clientes que contraten nuestros servicios para la organización de un viaje deportivo para grupos.
3- DURACIÓN Y ÁMBITO
La vigencia de la presente promoción será desde el día (1 de febrero de 2025), fecha coincidente con el inicio de la distribución de las papeletas del sorteo, hasta el día (5 de julio de 2025), fecha del sorteo de la lotería nacional que fijará el N.º de la papeleta premiada. El ámbito territorial del sorteo promocional se corresponde con el territorio del Reino de España. La participación en el presente sorteo promocional está abierta a todo usuario que cumpla las presentes Bases y específicamente las Condiciones de Participación citadas en la Base N.º 4. (SOCCER EVENTS SAFOR) se reserva el derecho a evitar que sobre este sorteo promocional se establezcan sistemas de especulación o de negocios. A tal fin, (SOCCER EVENTS SAFOR) podrá dar de baja a aquellos que estén haciendo un mal uso de la promoción, realicen actos fraudulentos o que perjudiquen a otros participantes.
4-CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar en el presente sorteo promocional todas aquellas personas físicas de cualquier nacionalidad que cumplan los siguientes requisitos:
- A la fecha de celebración del sorteo, ser mayores de edad, o menores de edad que estuvieran complementados en su capacidad de obrar por sus padres, tutores o guardadores de hecho;
- Tener residencia habitual en el territorio del Reino de España;
- Estar en posesión de una de las papeletas de este sorteo promocional, original y válida, que será distribuida por los estudiantes que quieran colaborar en el sorteo.
- El viaje del grupo al que pertenece dicha papeleta deberá llevarse a cabo en las condiciones de su contratación. En caso de dicha anulación del viaje se tendrá que hacer la devolución de dichas papeletas o en su defecto la devolución de importe de la misma.
(SOCCER EVENTS SAFOR) repartirá al responsable de cada grupo el número de papeletas predeterminado para repartir entre los inscritos al viaje.
Cada papeleta contendrá una combinación consistente en un número comprendido (entre el 0001 al 25000). El importe de cada papeleta vendida será una donación estimada de 3 euros. Toda PAPELETA rota, enmendada, fotocopiada o en mal estado se considerará nula. Las papeletas serán válidas salvo error tipográfico, y estarán sujetas a las presentes bases legales de participación. Un participante podrá tomar parte en el sorteo tantas veces como número de papeletas disponga.
5-OPERATIVA DEL SORTEO PROMOCIONAL Y DESCRIPCIÓN DEL PREMIO
La papeleta premiada coincidirá en la cuatro últimas cifras con el primer premio de la lotería nacional celebrado el día (5 de julio de 2025).
El premio consistirá en (un paquete experiencia de 5 días 4 noches para 2 personas en la ciudad de Denia). Las fechas para el canje del premio serán elegidas por los ganadores, comprendidas entre el 30 de septiembre y el 30 de junio, excluyendo la semana santa
La persona que posea dicha papeleta tendrá un plazo de 30 días naturales para reclamar el premio. Transcurrido el plazo de TREINTA (30) días naturales antedicho sin que el ganador haya presentado la papeleta de la forma antes citada, o que la misma no revista los requisitos de validez indicados en la base 4ª, el premio correspondiente no podrá serle asignado ni a él ni a cualquier otro tercero, quedando desierto. Las papeletas que no resulten premiadas quedarán sin efecto, y no darán derecho a reembolso o compensación alguna. Si la papeleta premiada fuera una de las papeletas sin distribuir, el premio quedará desierto.
6- REPERCUSIÓN FISCAL
El premio objeto de esta promoción estará sujeto a la normativa fiscal en vigor aplicable en cada momento y a sus disposiciones de desarrollo. Dicha normativa aplicable podría sujetar a tributación el citado premio, dependiendo de la residencia del premiado y el valor del premio, siendo en todo caso el coste fiscal asumido íntegramente por el ganador premiado, así como las obligaciones tributarias que se deriven. (SOCCER EVENTS SAFOR) podrá, como requisito imprescindible a la entrega del premio, exigir al ganador su DNI o documento de identidad fiscal válido y el abono de las retenciones que resulten de aplicación. Corresponderá al premiado el cumplimiento de las eventuales obligaciones fiscales por razón del premio recibido.
7- FUERO APLICABLE
Para el conocimiento de cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación o aplicación de las presentes bases, tanto (SOCCER EVENTS SAFOR) como los participantes de esta promoción se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de VALENCIA con renuncia expresa a cualquier otro fuero propio, que pudiera corresponder, ello entendido sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto con carácter imperativo en la normativa de consumidores y usuarios.